Dictamen Nº VI/2003/467

Dictámen de la Comisión de: 
VI. Responsabilidades y Sanciones
Período de la Sesión: 
2002-2003
Fecha de la Sesión: 
Viernes 31 de Octubre de 2003

Por el que resulta improcedente sancionar a Mayo Ramírez Gutiérrez, ya que no forma parte de la comunidad universitaria por haber sido dado de baja como alumno de la Carrera de Abogado en 1994. Con respecto a Antonio Ceja Guerra es procedente expulsarlo definitivamente de la comunidad universitaria por su participación en los hechos ocurridos el día 4 de noviembre de 2002 en la Dirección de la Escuela Preparatoria Nº 2 de la Universidad de Guadalajara.